Material preparado por
la Prof. Graciela Robledo
Este artículo está en
el Blog personal de la docente
y en el servidor de la Escuela
Decimos que el
Preámbulo es una declaración de
propósitos, que define las bases y fines fundamentales que sostienen los constituyentes
a la hora de la creación. Este momento, que para nuestro país es el año 1853, con varios antecedentes en los Estatutos redactados
antes de la Constitución unitaria de 1819, lo llamamos poder constituyente. Este
poder se da en el momento de la creación de la ley fundamental como en su
modificación (Flexibilidad para la reforma). Los miembros de la Asamblea Constituyente tratan de explicar cuál es la ideología que
acompaña a la fundación de una Nación y que pretenden que funcione como guía
orientadora de la política del país. El
Preámbulo es un enunciado previo al cuerpo de la Constitución y allí se muestran los objetivos fundamentales y los fines que
sustentan el destino de la nación.
EEUU.
Contexto: Independencia de Inglaterra.
PREAMBULO DE LA CONSTITUCIÓN DE ESTADOS
UNIDOS
We the People of the United States, in Order
to form a more perfect Union, establish Justice, insure domestic Tranquility,
provide for the common defence, promote the general Welfare, and secure the
Blessings of Liberty to ourselves and our Posterity, do ordain and establish
this Constitution for the United States of America.
|
NOSOTROS,
EL PUEBLO de los Estados Unidos, a fin de formar una Unión más perfecta,
establecer Justicia, asegurar la tranquilidad interior, proveer para la
defensa común, promover el bienestar general y asegurar para nosotros y para
nuestra posteridad los beneficios de la Libertad, establecemos y sancionamos
esta Constitución para los Estados Unidos de América
|
Francia..
Contexto : Revolución francesa
Preámbulo francés
"Los representantes del pueblo francés, constituidos en
Asamblea Nacional, considerando la ignorancia, el olvido o el menosprecio de
los derechos del hombre, son las únicas causas de las desdichas públicas y la
corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en declaración solemne los
derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, a fin de que esta
declaración, constantemente presente a todos los miembros del cuerpo social,
les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes; a fin de que los actos del
poder legislativo y los del poder ejecutivo, pudiendo ser comparados a cada
instante con el objetivo de toda institución política, sean más respetados; a
fin de que las reclamaciones de los ciudadanos, fundadas en lo sucesivo sobre
principios simples e incontestables, contribuyan siempre al mantenimiento
de la Constitución y a la felicidad de todos. En
consecuencia, la Asamblea Nacional reconoce y declara, en presencia, y bajo los
auspicios del Ser Supremo, los derechos siguientes del hombre y del
ciudadano..."
Preámbulos de la Constitución Argentina y de la Provincia de Buenos Aires
Nos, los representantes
del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente
por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de
pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar
la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover
el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros,
para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar
en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y
justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la
Nación Argentina
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